2021/11/25 - Resolución N° 345/AGC/21
El día 25 de noviembre de 2021 se publicó en el Boletín Oficial N° 6264 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la Resolución N° 345/AGC/21. En la misma se establece que en las unidades de uso en las que se solicite autorización de actividad económica, ubicadas en un edificio preexistente a la entrada en vigencia de la Ley Nº 6.438 que no pueda cumplir con las prescripciones de la normativa vigente respecto a ancho de entradas y pasos generales o públicos, escaleras principales y secundarias, escalones en pasos y puertas, rampas, puertas y servicio mínimo de salubridad para personas con discapacidad en todo predio donde se permanezca o trabaje, se deberán tomar en cuenta las exigencias de la normativa vigente al momento de la construcción o aprobación o visado de los planos o documentación del inmueble donde se va a desarrollar la actividad económica.