Información Técnica

2021/06/01 - Nota presentada ante el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción - GCBA

Anexo I de la Resolución 113/2021 del MDEPGC del GCABA y Anexo IF-2021-16345110 del MDEPGC del GCABA

Reclamo administrativo presentado por el Consejo Profesional de Ingeniería Mecánica y Electricista ante el Ministerio de Desarrollo Económico y Producción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante la Nota COPIME N° 316/2021.

El COPIME ratifica conforme a normativa legal vigente expuesta en la nota correspondiente, que el profesional -ya sea externo o interno-, presta servicios de asesoramiento en Higiene y Seguridad en el Trabajo en el marco comprendido dentro del Decreto Ley 6070/58, ratificado por la Ley 14.467, y que la obligación referida en el punto 2 del Anexo I de la Resolución 113/2021 del MDEPGC del GCABA, y en el punto 2 del Anexo IF-2021-16345110 del MDEPGC del GCABA corresponde al empleador, resultando ajeno a las incumbencias de los profesionales en Higiene y Seguridad, por lo cual corresponde se revise la norma en análisis, a fin de relevarlo de obligaciones que conforme el marco legal superior, le resultan inoponibles.

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