Certificado de Seguridad Vehicular de Vehículos Automotores (M1, N1): Usados importados, subastados u ordenados por autoridad judicial

Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV)

Mediante la Disposición 420/2023, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) establece la utilización obligatoria del modelo de Informe Técnico para la emisión del Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) de Vehículos Automotores (M1, N1) usados nacionalizados al amparo del Art 7 del Decreto 110/1999, como así también para Vehículos automotores (M1, N1) subastados u ordenados por autoridad judicial por tratarse de vehículos abandonados, perdidos, decomisados o secuestrados.

 

IMPORTANTE: De acuerdo al Decreto 461/2025 publicado en el Boletín Oficial el 08/07/2025, tener presente que:

ARTÍCULO 36.- Hasta tanto se dicten los actos administrativos que aprueben las estructuras organizativas correspondientes de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE, de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS, de la AGENCIA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN y de la AGENCIA DE CONTROL DE CONCESIONES Y SERVICIOS PÚBLICOS DE TRANSPORTE y se operativice la reasignación de las competencias de las actuales COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT), AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV) y JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, se mantendrán transitoriamente vigentes las funciones preexistentes.
Asimismo, los mencionados organismos junto con sus autoridades superiores continuarán operativos cumpliendo las funciones y atribuciones que realizan a la fecha de publicación del presente, incluyendo su actuación como autoridad de aplicación en materia de su competencia, a los fines de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios que brindan.

 

Ante los reiterados reclamos realizados por el COPIME, nos han informado que no poseen un tiempo estipulado para la entrega de certificados.


Descripción de la Unidad:

  • Sedan (M1).
  • Rural/Familiar (M1).
  • Coupé (M1).
  • Convertible (M1).
  • Van (M1).
  • Camioneta/Pick up (N1).
  • Furgoneta/Utilitario (N1).
  • Furgón (N1).
  • Otros.

 

Gestión del Certificado de Seguridad Vehicular (CSV)


►Para ello, el profesional, debe:


 1) Gestionar el Certificado de Encomienda de Tarea Profesional Digital (CETPD) correspondiente:

  • Tipo de Encomienda (009): 
    Ley de Tránsito y la Seguridad Vial Nº 24449 
    • Subtipo de Encomienda (9): 
      Informe Técnico Vehículos Automotores (M1, N1) usados importados - Decreto 110/1999 (Art. 7)

En el mismo no se deben omitir los siguientes datos obligatorios:

  • DENTRO DE LA TAREA: Incluir NÚMERO DE MOTOR Y NÚMERO DE VIN
  • PARA PRESENTAR ANTE: AUTORIDAD DE TRANSPORTE NACIONAL QUE CORRESPONDA

 

El profesional deberá poseer título de Ingeniero en las ramas mecánica, electromecánica o automotor.


Para más información de cómo gestionar una Encomienda Digital ingrese « aquí»


Como en todos los casos, la aprobación de las solicitudes de Encomiendas está sujeta a las incumbencias profesionales y a estar habilitado para el ejercicio profesional.

 
2) Completar el Informe Técnico* 
 Modelo versión editable «descargar»

A efectos de evitar demoras innecesarias o el rechazo del trámite correspondiente:
- Completar el formulario de forma digital (no se aceptará documentación manuscrita, a excepción de la firma del titular/ comitente y del profesional interviniente).
- No omitir ningún campo.
 

3) Enviar el Informe Técnico* correspondiente y las fotografías alusivas, e informar datos del CETPD mediante el Formulario habilitado para tal fin: bit.ly/Vehiculos-Importados
 

A los fines de evitar demoras en el trámite, le solicitamos prestar especial atención a la correcta carga de los datos consignados.

 

 

Denominación de la documentación a adjuntar en el Formulario:

 

  • Informe Técnico:
    • Denominación del archivo PDF: Número de encomienda_ Número de Motor

 

  • Imagen de la VISTA TRASERA (donde se observe claramente sistema de luces y luz de patente).  
    • Denominación del archivo jpg: Apellido del titular/comitente del vehículo automotor -Vista_trasera

 

  • Imagen de la VISTA LATERAL IZQUIERDA 
    • Denominación del archivo jpg: Apellido del titular/comitente del vehículo automotor -Vista_izquierda 

 

  • Imagen de la VISTA LATERAL DERECHA
    • Denominación del archivo jpg: Apellido del titular/comitente del vehículo automotor -Vista_derecha

 

  • Imagen de la VISTA FRONTAL (donde se observe claramente sistema de luces) 
    • Denominación del archivo jpg: Apellido del titular/comitente del vehículo automotor -Vista_frontal

 

  • Imagen de la ¨PLANILLA DE REVISIÓN TÉCNICA DEL TALLER RTO INTERVINIENTE¨, donde consten “los resultados de los valores obtenidos¨ en la Inspección Visual como Mecanizada (frenómetro, banco de amortiguación, analizador de gases de escape, placa de deriva, sonómetro/decibelímetro, etc).
    • Denominación del archivo jpg: Apellido del titular/comitente del vehículo automotor -Vista_planilla

 

  • Imagen del Nro VIN (solo si se observa claramente el mismo)
    • Denominación del archivo jpg: Apellido del titular/comitente del vehículo automotor -Vista_VIN

 

  • Imagen del Nro Motor (solo si se observa claramente el mismo)
    • Denominación del archivo jpg: Apellido del titular/comitente del vehículo automotor -Vista_motor

 

 *Importante: 

  • Si el informe no cumple con los requisitos establecidos por la autoridad nacional de aplicación, el Consejo informará al profesional -vía domicilio electrónico- los motivos del rechazo para su corrección.
  • Si la autoridad nacional de aplicación aprueba el informe enviado, ésta le remitirá al titular -vía correo electrónico- el botón de pago, para continuar el trámite de patentamiento.
  • La autoridad nacional de aplicación tomará como válidos los informes de vehículos importados cuya inspección haya sido realizada en Talleres de Revision Técnica habilitados por la Consultora Ejecutiva Nacional de Transporte (CENT), consultar listado «aquí»